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Copyright ©

¿Qué es el derecho de autor?

El derecho de autor es un término jurídico que describe los derechos concedidos a los creadores por sus obras literarias y artísticas.

¿Qué abarca el derecho de autor?

El tipo de obras que abarca el derecho de autor incluye, obras literarias como novelas, poemas, obras de teatro, documentos de referencia, periódicos, programas informáticos, bases de datos, películas, composiciones musicales y sus coreografías, obras artísticas como pinturas, dibujos, fotografías, escultura, obras arquitectónicas, publicidad, mapas y dibujos técnicos.

¿Qué derechos proporciona el derecho de autor?

Los creadores originales de las obras protegidas por el derecho de autor y sus herederos, gozan de ciertos derechos básicos.

Detentan el derecho exclusivo a utilizar o autorizar a terceros a utilizar la obra de conformidad con términos convenidos de común acuerdo.

El creador de una obra puede prohibir o autorizar:

* Reproducción bajo distintas formas, como la publicación impresa o el grabado de sonidos.

* Su ejecución o interpretación pública, como en el caso de una obra de teatro o musical.

* Grabaciones de la misma, por ejemplo bajo forma de discos compactos, casetes o videocasetes.

* Su radiodifusión por radio, cable o satélite.

* Su traducción en otros idiomas o su adaptación, como en el caso de una novela adaptada en guión cinematográfico.

Muchas obras creativas protegidas por el derecho de autor requieren una gran distribución, comunicación e inversión financiera para ser divulgadas por ejemplo las publicaciones, las grabaciones de sonidos y las películas, por consiguiente, los creadores suelen vender los derechos de sus obras a individuos o empresas más capaces de comercializar sus obras a cambio de un pago.

Estos pagos se supeditan con frecuencia al uso real de la obra, en cuyo caso se denominan rolasteis.

Estos derechos económicos tienen un plazo límite, de conformidad con los tratados pertinentes de la OMPI, de 50 años tras la muerte del creador.

Las distintas legislaciones nacionales pueden establecer plazos más largos.

Este plazo permite tanto a los creadores como a sus herederos sacar provecho financiero de la obra durante un período razonable de tiempo.

La protección del derecho de autor incluye asimismo los derechos morales, que incluyen el derecho a reivindicar la autoría de una obra y el derecho a oponerse a modificaciones que puedan atentar contra la reputación del creador.

El creador -o el titular del derecho de autor de una obra- puede hacer valer sus derechos administrativamente y ante los tribunales, mediante la inspección de locales para encontrar pruebas de protección o posesión de productos “pirateados” realizados de manera ilegal, relacionados con obras protegidas.

El titular puede obtener una decisión de justicia encaminada a detener dichas actividades, así como percibir reparación por la pérdida de reconocimiento y ganancias financieras, consecuencia de los actos de piratería.

¿Cuáles son los derechos conexos al derecho de autor?

Durante los últimos cincuenta años, se ha desarrollado rápidamente un conjunto de derechos conexos al derecho de autor.

Estos derechos conexos han evolucionado en torno a las obras protegidas por el derecho de autor y proporcionan derechos similares aunque, con frecuencia, más limitados y de menor duración a:

* Los artistas ejecutantes como actores y músicos en sus interpretaciones o ejecuciones.

* Los productores de grabaciones de sonidos por ejemplo, grabaciones de casetes y discos compactos en sus grabaciones.

* Los organismos de radiodifusión en sus programas de radio y televisión.

¿Por qué debe protegerse el derecho de autor?

El derecho de autor y sus derechos conexos son esenciales para la creatividad humana ya que ofrecen a los creadores incentivos bajo forma de reconocimiento y recompensas económicas equitativas.

En virtud de este sistema de derechos, los creadores cuentan con la garantía de que sus obras serán divulgadas sin tener que preocuparse por la copia no autorizada o la piratería.

Esto contribuye, a su vez, a facilitar el acceso y a intensificar el disfrute de la cultura, el conocimiento y el entretenimiento en todo el mundo.

¿Cómo ha seguido el derecho de autor los avances en la tecnología?

La esfera del derecho de autor y de los derechos conexos se ha expandido enormemente gracias a los progresos tecnológicos acaecidos durante los últimos decenios, que han aportado nuevas maneras de divulgar creaciones por formas de comunicación mundial como la radiodifusión por satélite y los discos compactos.

La divulgación de obras por Internet es el acontecimiento más reciente que plantea nuevas cuestiones en relación con el derecho de autor.

La (OMPI) participa activamente en el debate internacional en curso, sobre la configuración de nuevas normas para proteger el derecho de autor en el espacio cibernético.

La organización administra el tratado de la (OMPI) sobre derecho de autor y el tratado de la (OMPI) sobre interpretación o ejecución y fonogramas conocidos conjuntamente como (Tratados de Internet), que establecen normas internacionales destinadas a impedir el acceso no autorizado y la utilización de obras creativas en Internet u otras redes digitales.

¿Cómo se regula el derecho de autor?

El derecho de autor en sí mismo no depende de procedimientos oficiales.

Una obra creada se considera protegida por el derecho de autor desde que existe.

No obstante, numerosos países cuentan con una oficina nacional de derecho de autor y algunas legislaciones permiten registrar obras con objeto, por ejemplo de identificar y distinguir los títulos de las obras.

Numerosos titulares de obras creativas no cuentan con los medios de hacer respetar jurídica y administrativamente el derecho de autor, especialmente teniendo en cuenta la utilización mundial cada vez mayor de los derechos literarios, musicales y de interpretación o ejecución.

Como resultado, la creación de organizaciones o sociedades de gestión colectiva se está convirtiendo en una tendencia habitual en numerosos países.

Éstas sociedades pueden proporcionar a sus miembros los beneficios derivados de los conocimientos administrativos y jurídicos de la organización, por ejemplo, recogiendo, administrando y desembolsando los royalties obtenidos mediante la utilización internacional de la obra de un miembro.
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